Me gustaría responder a todas las dudas que os surjan y para poder ayudaros, he pensado en responder por aquí las mas comunes y así, todos podréis beneficiaros de las respuestas de una manera rápida y sencilla.

Vender viviendas desde casa

El coronavirus ha hecho que éstas dos semanas le demos al tarro. Todo tiene que cambiar. Cuando volvamos a trabajar, nada será igual. Nuestro negocio será el mismo, pero la forma de llevarlo a cabo no.

La rentabilidad de la vivienda sigue siendo un activo por el cuál podemos seguir obteniendo ganancias. En esta entrada de lo que quiero hablaros es de como calcular la rentabilidad que os puede dar invertir en vivienda, y los años que tardáis en amortizar la inversión.

La nueva Ley de Arrendamientos urbanos de 1994, cambia el concepto de traspaso, por “cesión de negocio”.
Lo primero que tenemos que mirar es el contrato de alquiler. El Artículo 32 de la Ley de arrendamientos urbanos, permite la cesión de negocio, salvo que se diga lo contrario en el contrato de arrendamiento. Si no se dice nada, entendemos que hay derecho de cesión, por lo que es conveniente dejar muy claro en el contrato si se permite o no el traspaso o cesión del contrato.

En el caso de que no se diga nada, o bien se permita el traspaso explícitamente, hay una serie de normas que debemos tener en cuenta:

 

  1. El propietario tiene derecho a subir la renta. Podrá subir lo que se haya pactado en el contrato, si no se dice nada tiene derecho a subir la renta un 20% según el artículo 32.2 de la LAU. El importe de la subida de la renta debe ser satisfecho por el nuevo inquilino desde el mismo mes que se haya producido la cesión del local de negocio.

Si no se paga la renta actualizada, el dueño puede iniciar un JUICIO DE DESAHUCIO POR FALTA DE PAGO DE LA RENTA.

 

  1. El propietario puede cobrar un porcentaje del importe del traspaso. Este derecho no es incompatible con lo anterior. Es decir, el propietario puede subir la renta y cobrar un porcentaje sobre la cantidad entregada como traspaso según las siguientes reglas:

  • Primero prevalece lo que las partes hayan pactado.
  • Si no pactaron nada, habrá que mirar según el año de construcción del inmueble. Si es antes de 1936, se cobra un 30% sobre la cantidad del traspaso. Si fue entre el 1936 y 1942, un 20%. Y todo lo que sea posterior al 1942, se entregará un 10% al propietario de la cantidad del traspaso.
  • Si el arrendatario que lo sea por traspaso, traspasa a su vez antes de transcurrir tres años desde la fecha del otorgamiento de la escritura pública de su traspaso, los porcentajes señalados en el apartado anterior se incrementarán en un 50%.

Como siempre os digo, si al leerlo necesitáis cualquier explicación, aquí estoy para resolver todas vuestras dudas.

Aquí podéis ver algunos de los locales que tenemos en traspaso:

Las hipotecas verdes, son las que mejoran sus condiciones a aquellas viviendas eficientes o bien a las reformas para conseguir esa eficiencia.  Actualmente el 42% de las viviendas son E, y el 32% G, sin embargo, según la Unión europea una vivienda eficiente es aquella que tiene certificación A o B.

Hasta un 60% del gasto energético total de las viviendas españolas corresponde a los electrodomésticos.  Sabías ¿que el gasto de la factura eléctrica a lo largo de su vida útil puede ser incluso varias veces superior al precio de adquisición? Los electrodomésticos de alta eficiencia energética puede suponer una importante reducción en el consumo energético […]

Descarga aquí el test para poder compartirlo con tu familia y amigos.

VIVIENDAS EFICIENTES. Cosas que puedes hacer para tener una vivienda GREEN.
Lo ideal sería que un profesional te haga un inspección preliminar, para saber que problemas tiene la vivienda y que podemos mejorar para ahorrar energía y no contaminar el medio ambiente.
Pero hay cosas básicas que tú mismo puedes hacer para mejorar la eficiencia energética en tu casa, yo te propongo las siguientes:

Lo primero que tenemos que saber es qué es una  VIVIENDA EFICIENTE EN EL USO DE LOS RECURSOS.

Puede tener gran variedad de nombres, vivienda ecológica, de alto rendimiento, inteligente, entre otros. Pero coloquialmente hace referencia a aquellas viviendas que ahorran dinero en costes operativos, haciendo un uso más económico de los recursos: agua y energía. Y que así proporcionan un entorno de vida más cómodo y saludable para sus habitantes.

    Cuando un propietario quiere vender un piso pero lo tiene alquilado, se pueden hacer las siguientes preguntas:¿Qué pasa con ese inquilino?, ¿puedes echarle?, ¿tiene derechos?, ¿hay qué indemnizarle?.   Debemos mirar el contrato de alquiler, y ver primero si hay derecho de tanteo y retracto por el inquilino. Es decir, si tiene ese […]